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Milicia Nacional

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La Milicia Urbana es esencialmente civil y sus obligaciones son las de prestar auxilio a la autoridad, cuanto esta lo requiera para conservar la tranquilidad de la población. Los casos previstos para convocarla son los de sublevación, conmoción popular, incendios y aparición de malhechores en el término municipal. No perciben haberes de ninguna clase, debiendo vestirse a su costa, salvo los trompetas que lo reciben del Ministerio de Fomento. Los reales almacenes son los encargados de proveerlos de armamento. Entre sus privilegios se cuentan:
<ul>
<li>Uso del uniforme</li> <li>Facultad de poseer una escopeta de marca</li> <li>Exención de licencia para cazar</li> <li>Opción a la cruz de Isabel II por méritos militares</li> <li>Exención de la requisa del caballo.</li>
Aunque dependen de la justicia ordinaria para delitos comunes, son juzgados por la militar cuando los cometen estando sobre las armas.

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