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1878

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Texto reemplazado: «===GRANDES UNIDADES===» por «===Grandes unidades===»
==Ejército de España==
===GRANDES UNIDADESGrandes unidades===
La guerra Carlista había demostrado, una vez más, que la división territorial se había quedado desfasada, pues complicaba el alistamiento y las operaciones. De hecho, el artículo 8º de la Ley Constitutiva del Ejército de 29 de noviembre de 1878 la calificaba ya de “provisional” y en el 11º decía lo siguiente:
: ''El Ejército en guerra, preparación para ella y siempre que el Gobierno lo crea necesario, se organizará en cuerpos de ejército, divisiones, brigadas y medias brigadas, determinándose en cada caso la fuerza y proporción en que hayan de entrar las diferentes armas, según el objeto a que se destinen.''

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