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Cambios

Escuadrón de Guardias de la Reina

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Texto reemplazado: « <li>» por «* »
Para servir en el escuadrón era preciso cumplir los siguientes requisitos:<br />
<li>* Haberlo hecho previamente en cualquier cuerpo montado del Ejército.</li> <li>* Llevar un mínimo de 7 años de servicio.</li> <li>* Tener treinta años cumplidos y no llegar a cuarenta.</li> <li>* No tener nota desfavorable ni defecto físico.</li>
</ul>
En el nuevo reglamento de 17 de marzo de 1852 se rebajó la edad mínima a los 23 años y el tiempo de servicio mínimo a los 5 años. Se concede al cuerpo el mismo fuero y prerrogativas que disfrutaba la Compañía de Reales Guardias Alabarderos, estando sometido su personal al juzgado privativo de éstos. Respecto a los derechos que tenía el personal de la guardia cuando dejasen el servicio activo, eran muy parecidos a los de los antiguos guardias de Corps. Se determina ahora la disposición de la escolta cuando acompaña a la Reina fuera de palacio:<br />
<li>* En vanguardia una fila de 4 batidores</li> <li>* A continuación una partida de 16 guardias formados de a 4, al mando del brigadier o en su defecto del sub-brigadier más antiguo.</li> <li>* En el estribo derecho de S.M. el comandante del escuadrón<ref>En el mismo artículo se dispone que tanto este como el teniente la acompañen a pie y a caballo desde que sale de sus aposentos hasta que vuelva a los mismos.</ref> y en su defecto el capitán, con la espada siempre envainada.</li> <li>* En el estribo izquierdo un teniente o alférez por turno, también sin desenvainar.</li> <li>* Tras el coche real, el resto del escuadrón.</li>
</ul>