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RCEE-1824-007

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El reglamento de 2 de mayo de [[1763]] establece que los [[regimiento]]s se compondrán de 4 [[escuadrón|escuadrones]] a 3 [[compañía]]s, aumentando las plazas respecto al reinado anterior:
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! style="text-align:left" | CADA COMPAÑÍA
Según el estado militar de [[1775]]<ref>Gómez y Alonso (1994), reproduce el original conservado en la ''Anne Brown Military Collection''.</ref>, cada [[regimiento]] de [[dragones]] pasa a tener 480 plazas sin incluir [[oficial]]es ni [[sargentos]]. Es probable que esta medida se adoptase en [[1771]], coincidiendo con la aplicada a la infantería de línea. La [[plantilla]] de cada [[compañía]] queda como sigue:
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! style="text-align:left" | OFICIALES
Sin embargo, la medida más importante es que tanto el [[coronel]] como el [[teniente coronel]] de cada [[regimiento]] pierden el mando de sus respectivas [[compañía]]s, que pasan a los capitanes reformados. La única excepción es el [[Regimiento de Caballería Costa de Granada]]. A los [[oficial]]es restantes se les ofrece bien el retiro voluntario sin sueldo, o bien la baja por enfermedad. El sobrante de [[caballo]]s y [[armamento]] debe ser vendido por las propias [[unidades]]. Finalmente, se crea en cada [[regimiento]] una plaza de [[picador]] para la [[instrucción]] de los hijos del [[personal]] destinado, fijándose su sueldo en 300 reales mensuales. Tras esta reforma, las [[compañía]]s quedan con la siguiente [[plantilla]]:
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! style="text-align:left" | OFICIALES
==Navegación==
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